LA
CONGREGACIÓN DEL ORATORIO DE SAN FELIPE NERI:
una
Sociedad
de Vida Apostólica muy poco común.
ALGUNAS
REFLEXIONES DE HISTORIA
Y PRECISIONES CANÓNICAS
Pbro.
Raúl Herrera C. O.
Guanajuato. Gto.
IMPRÍMASE:
Pbro. Ramón Martínez C. O
Prepósito
0.-
Preámbulo
En general, la existencia des Sociedades de vida Apostólica[1]
no es nueva; lo que es nuevo es su aparición en el actual Código
de Derecho Canónico[2].
El nombre dado en el antiguo código de 1917 es “Sociedades de
vida común sin votos” puestas como apéndice a lo que se dice
a la letra “sociedades que imitan el género de vida de los
religiosos, ni siendo completamente religiosos ni no siéndolo”.
Ya el canon No. 731 del actual código, desde el comienzo
dice otra cosa: “los
miembros de Sociedades de Vida apostólica, sin votos
religiosos, persiguen el fin apostólico de su sociedad y llevan
una vida fraterna en común, tienden a la perfección de la
caridad según su estilo de vida, por la observancia de
constituciones”. He aquí, pues, los elementos
constitutivos de la vocación de estos hombres y mujeres de las
SVA: 1) la
finalidad apostólica de la SVA, que debe haber sido fundada
para el apostolado y todo en ella debe estar ordenado en función
de este apostolado. 2) La vida fraterna en común, según el
derecho propio de la sociedad. 3) la búsqueda de la santidad
mediante la observancia de Constituciones.
Para
llegar a esto no fue simple cosa de azar. Desde 1970 se había
formado en Roma un grupo romano de Sociedades de Vida Común,
que reunía los superiores generales de estas sociedades, en las
que los Eudistas y los Lazaristas tuvieron una notable
participación al lado de Mgr. Castillo Lara, presidente del
Consejo Pontifical para la Interpretación de los textos
legislativos[3]. En verdad, a partir de este momento los trabajos se
encaminaron a ayudar no simplemente a los miembros de las SVA,
sino también a los canonistas para tomar mejor consciencia de
lo que son positivamente estas Sociedades[4].
I.-
La fundamentación histórico-canónica
1.1.
Un historia demasiado reciente.
Seis
cánones nuevos. ¿De dónde salieron? Un recorrido breve por la
historia nos hará bien.
Es
necesario hacer remontar el origen de las SVA al menos al siglo
IV[5]. Por ejemplo ya Eusebio (315-371) juntaba en torno a él
padres seculares en vida común sin una regla de vida. Otros lo
imitaron: Agustín, Fulgencio de Ruspe, Fautino en Africa,
Crodegardo de Metz, Adalberto de Bérgamo, León el Grande y
Gregoria el Grande. En esta tradición habrá que contar también
algunos terciarios franciscanos y dominicos que vivían en
comunidad en el siglo XIII, los Begardos y los Beguinos; los
hermanos y hermanas de la vida común que aparecen en Holanda
hacia finales del siglo XIV, los Oblatos y Benedictinos, los
Oblatos de San Carlos fundados por san Carlos Borromeo en 1578 y
muchos otros. La casi totalidad de estos grupos han, o bien
evolucionado en Institutos Religiosos, o bien desaparecieron.
No
obstante, el origen de las SVA parece haber sido más claro del
lado de las sociedades masculinas que nacieron a partir del
siglo XVI en Italia y en Francia y cuya paternidad
“Incontestablemente
(...) hay que hacer revenir a san Felipe Neri cuyo Oratorio fue
aprobado por Gregorio XIII el 15 de Julio de 1575. Del lado
femenino, fue san Vicente de Paul –sin olvidar a santa Luisa
de Merillac (...) cuyo prototipo se encuentra en las Hijas de la
Caridad[6]”.
Para
ser justos del lado masculino hay que distinguir dos grandes
corrientes. Una perteneciente a San Felipe Neri y la otra que se
ha llamada Escuela
francesa de Espiritualidad [7]; Los Oratorianos de Bérulle. Estas dos corrientes
están muy marcadas por su carácter presbiteral; esencialmente
clericales estos institutos ejercen un ministerios sea
parroquial, sea de enseñanza. Ningunos de estos institutos, de
la raíz que sean, no hacen votos y ambos son Sociedades de Vida
Apostólica.
A principios del siglo XVIII institutos femeninos vieron
la luz, sin votos públicos y consagrados a la educación: Los
Maestre Pie Filipini y los Maestre Pie Venerini. En el siglo XIX
aparecieron más sociedades: Sociedades de sacerdotes de la
misericordia en Lyon, Francia (1808), la Sociedad del apostolado
católico en Roma (1835), las Congregaciones Misioneras de la
Muy Preciosa Sangre en Italia (1815), la Sociedad de sacerdotes
Misioneros de san Pablo Apóstol en USA (1859). Después de
mediados del siglo XIX hasta nuestros días otras han aparecido.
Habrá que reconocer que el lado femenino no ha conocido el
mismo éxito terminando,
con frecuencia, en Institutos de Vida Consagrada.
I.2.
La fundamentación canónica. Un breve antecedente.
Para
referirnos a lo que traemos entre manos hay que ser conscientes
que el código de 1917 decía al respecto que “estas
Sociedades de hombres y mujeres viven en común sin votos” y
terminaba haciendo una distinción que a la letra decía “Sus
miembros imitan el estilo de vida de los Religiosos”.
Después
Provida Mater (1947) remarcó
que “estando sin votos públicos no pueden pretender
pertenecer al estado canónico completo de perfección”[8].
El
Concilio Vaticano II dando derecho de ciudadanía a la vida
“consagrada mediante la profesión de los consejos evangélicos”.
Pero, mientras que la Perfectae
Caritatis se interesa en la “renovación adaptada de la
vida religiosa”, trata también los Institutos Seculares que,
no obstante, no son religiosos (No.2).
En
fin, la Lumen Gentium en
el célebre capítulo 6, 44-45 no habla más de Institutos de
Perfección pero si habla, no obstante, “de otros lazos
sagrados asimilados a los votos”.
Así, todo estaba casi listo para la clarificación de
la situación de unos y otros:
- Can. 573 &1 Hace una definición más teológica que jurídica
de la vida Consagrada.
-
Can. 607 &1 hace, sin dejar dudas, la constitución
formal de los religiosos e institutos de vida consagrada.
-
Can. 710 Precisa los Institutos de vida Secular.
-
Can. 731 & 1-2 Deja a plena luz las características
de los Institutos llamados a partir de ahora Sociedades
de Vida apostólica: 1) Fin apostólico propio. 2) Vida
fraterna en común 3) La búsqueda de la perfección de la
caridad mediante la observancia de las Constituciones. 4)
Ausencia de votos religiosos.
A
pesar de estas definiciones perfectamente claras, hay autores
que aún declaran que la situación canónica de las SVA
presenta interrogaciones y dudas. En efecto, las SVA que están
concernidas en el parágrafo 2 presentan características no muy
claras: 1) 23 SVA masculinas de derecho pontificio de 27
existentes hasta 1990 no se involucran ni con votos ni cualquier
otro tipo de lazo a la práctica de los consejos evangélicos.
2) Dos importantes SVA muy numerosas asumen los consejos evangélicos
aunque no los profesen públicamente. Este es el caso de la
Hijas de la Caridad y de la Congregación de la Misión. ¿No es
por este caso que se ha incrustado el parágrafo No. 2 en el
canon?. En todo caso hará falta hacer la definición de lo que
significa profesar los consejos evangélicos sin por eso
pertenecer a los Institutos de vida Consagrada. La propuesta de
los canonistas como BONFILS
hace referencia a la revisión de las Constituciones y de
su identidad teológica en la Iglesia. La identidad canónica
parece estar ya hecha, pero la teológica parece poner aún
dudas[9].
II.-
La Congregación del Oratorio de San Felipe Neri: Sociedades con
fin apostólico, sin votos pero con Constituciones. Ensayo de
una interpretación.
Sin pretender una hermenéutica canónica de la cual me
declaro incompetente, intento ahora una recuperación de algunas
interpretaciones de expertos sobre el asunto, no obstante lo
incompleto y superficialidad del mismo.
II.-
1. Una sociedad con una finalidad apostólica, característica
fundamental.
El
primer parágrafo del canon precisa de inmediato: “sodales
finem (...) apostolicuum societatis prosequuntur” haciendo así
la distinción formal tan esperada de los
Institutos de Vida Consagrada. Ciertamente estos
institutos hacen también un apostolado y su vida, ella misma,
es un signo apostólico[10].
Sin embargo, la vida religiosa está consagrada al apostolado a
través de los medios propios: la profesión de los consejos
evangélicos y a ello se añade la vida fraterna en comunidad[11].
El
apostolado en sí mismo no figura ni como medio ni como fin. De
donde según el profesor BONFILS
“la expresión vida religiosa apostólica” no es
empleada por ningún documento magisterial posterior al
Concilio. De todo esto es fácil extraer la conclusión de que nosotros
pertenecemos al único grupo que tiene como razón suficiente su
carácter apostólico como razón fundamental. Teológicamente
esto se puede expresar bajo los siguientes términos: Nosotros
hemos sido llamados para un fin preciso, no tan sólo para estar
juntos[12].
Entonces pues, una sociedad consagrada al apostolado, pero
¿qué quiere decir esto de apostolado? Según el decreto
conciliar para el apostolado de los laicos, el apostolado es toda la actividad de la Iglesia para extender el Reino
de Cristo. Por su parte Evangeli
Nuntiandii identifica evangelización y apostolado.
Entonces,
de entrada el apostolado no es una praxis a poner en obra, es la
misión de Cristo en la que el apóstol es invitado a
participar. Es la vida misma y el testimonio de Cristo los que
deben pasar a través de nosotros y como los Hijos de Dios
estamos enviados a salvar lo que se había perdido.
Nuestras
sociedades de Vida apostólica –ahí comprendido el Oratorio-
deberían dar al mundo testimonio de este amor gratuito que nos
ha precedido. Desde esta óptica habría que entender el amor de
San Felipe por las obras humanas artísticas y su promoción.
San Felipe no condenó el arte y el desarrollo humano de la
ciencia, sino las pensó como vestigios de las obras de Dios. En
palabras del cardenal Newman “las obras al servicio de Dios,
sin importar el tipo que sean, aparecen como un verdadero culto
a Dios”[13].
Este
servicio del hombre, al mismo tiempo servicio de Dios, en razón
de su inspiración divina, expresa la dimensión apostólica de
la consagración bautismal que es la única e inicial consagración
en sentido propio. La palabra misma sea en su expresión griega
(apostoloo) o latina (mito) no indica que se es apóstol en
primer lugar porque se es llamado luego después se es enviado.
Cualquier otra consagración, incluso la religiosa, debe ser
entendida a partir de esta.
Miembros de SVA nosotros somos fundamentalmente discípulos
de Jesús porque él nos ha llamado y no ha dado un seguimiento.
Desde este punto de vista, toda concepción puramente funcional
y utilitaria de nuestro apostolado queda descartada. Nuestras
sociedades no son, en primer lugar, empresas de apostolado sino
comunidades de discípulos contagiados de una misma pasión.
En
este sentido nos son dadas constituciones que no deben ser
consideradas en primer lugar como reglamentos administrativos,
sino como códigos de santidad. Nosotros estamos reunidos en
nuestra sociedad ante todo con el fin de un apostolado que
nosotros perseguimos juntos como una llamada y exigencia. Es el
caso de una suerte de conspiración comunitaria a favor de la
perfección de nuestro estado de vida; todo ello se adquiere
gracias al desarrollo de un apostolado. Esta es la lectura, al
menos, que se puede hacer del c. 731 &1.
De todo ello se concluye que no es necesario permanecer tímidos
cuando el Derecho Canónico hablando de la necesidad de tender a
la perfección de la caridad (731) por el hecho de que algunos
piensen en una cierta asimilación a los institutos de vida consagrada, pues desde el
Concilio se ha abandonado explícitamente la noción de estados
de perfección. Diciendo esto, se dice que el carácter apostólico
de nuestras sociedades es tal en
la medida en que nuestro apostolado es la expresión de nuestra
tendencia (tendunt ad pefectionem caritatis).
Así
pues y más allá de las etiquetas hay que, simplemente, abrir
Lumen Gentium en el
capítulo 5 y darse cuenta de que la llamada universal a la
santidad en la Iglesia pasa obligatoriamente por la perfección
de la caridad.
II.2-
Per observantiam constitutionum cum spiritualitate
Hay aún más.
No hay que olvidar que para “tender a la perfección de la
caridad” además del medio del apostolado específico, el
canon dice “per observantiam Constitutionum”.
A este propósito me resisto a no citar las palabras del
profesor BONFILS :
“Con
estos múltiples consejos, he aquí que nos vemos comprometidos
con una concepción de la vida moral que no es a dos pisos: aquél
de los preceptos y aquél de los consejos – y no solamente los
tres tradicionales- son para todos, aunque diferentemente
vividos por cada uno según su estado de vida; ellos forman
parte de la vida cristiana”[14].
*
Tenemos ahora enfrente la espinosa cuestión que para muchos de
entre nosotros hace la verdadera diferencia de nuestra situación
y la de los Institutos de vida Consagrada: la profesión pública
de los consejos evangélicos[15].
Sin
decir nada de los otros consejos evangélicos sin profesión pública
existentes en nuestra Iglesia y su historia es completamente
necesario una concepción moral y espiritual de la vida
religiosa que no sea ya a dos pisos (el de los consejos y el de
los preceptos) y que declare de una buena vez que estos consejos
son para todos, aunque vividos por cada quien según su estado
de vida.
Y
cuando se trata de los miembros de una SVA clerical es
suficiente precisar que la vida apostólica
está en conveniencia particular con aquellos llamados a
entrar a un estado que reconoce el carisma del celibato. Cuando
nosotros nos distinguimos de otros o sostenemos que hay algo en
nosotros que otros no tienen puede ser
que se trate de la fuga absoluta de cualquier estructura : todo
lo propio de los institutos nuestros al ejemplo de los seculares
es que debemos SANTIFICAR EL MUNDO CON NUESTRO APOSTOLADO
(can, 740)
En
fin, el Reino que se nos ha encargado anunciar debería
inscribirse primeramente en nuestras vidas y eso nos da el
llamamiento. Es esta para nosotros una exigencia de santidad.
Oh, este Reino no es de este mundo aunque se construya a partir
de este mundo. Este Reino viene de lo alto y sobrepasa toda
imaginación o concepción nuestra.
·
En verdad este tema enclava también con aquél de la
espiritualidad y todo lo que ha sido etiquetado con este pseudónimo.
Claro para algunas SVA hablar de esto no es fácil pues el
fundador mismo no es en sentido estricto un maestro de
espiritualidad y la tradición no tiene referencias precisas a
sus escritos, pedagogía, etc, Además, hablar de espiritualidad
es hablara de una experiencia de vida con Dios en Cristo por
moción del Espíritu Santo; y esto no es una cosa banal y las
condiciones de recepción no son siempre las mismas.
·
Por lo demás el apostolado no hace siempre afrontar
nuevas situaciones pues los tiempos actuales son propicios a un
desencadenamiento de extremos que se traduce sea por una especie
de pietismo fundamentalista o bien por un secularismo más o
menos confesado. Cockteles de espiritualidades de todos tipos
que evita el progreso espiritual[16].
Por
ambas razones parece ser necesario que estar claros que una
pedagogía espiritual debe necesariamente estar dentro de los
cuadros de nuestros studiumm
e institutiones.
Se
remarcará enseguida el enorme trabajo para los superiores y
equipos de estudio de las SVA. Espiritualidades del tipo Santa
Teresa de Avila, San Agustín, San Benito, tienen ya un lugar en
la Iglesia y poseen un patrimonio universal y muchos cristianos
de ahí se inspiran. Felizmente para nosotros los Oratorianos
Felipenses existen ya trabajos a este respecto: Directorios de
espiritualidad, Constituciones, Itinerarios, etc. ESTO ES MUY
IMPORTANTE PUES NUESTRAS CONSTITUCIONES SIN ELLO SE TRANSFORMAN
EN REGLAMENTOS SIN ALMA, SIN ESPIRITUALIDAD FELIPENSE QUE
SOSTENGA LAS REGLAS Y NO SEAN CUERPOS INERTES.
II.3.
Sin votos pero con Constituciones.
Muchos de nosotros como Felipenses, aunque no seamos los
únicos, hemos puesto un fuerte acento en el hecho de no tener
votos, y eso la consideramos la distinción oficial e
importante, tanto del clero secular como de los Institutos de
vida consagrada. Aunque esta no sea la única diferencia es
conveniente detenerse en ello y favorecer una compresión del
porqué los fundadores de varias SVA no han tenido a bien
implantar los votos.
El
Concilio de Letrán (1215) y el de Lyon (1274) habían prohibido
la fundación de nuevas órdenes sin la aprobación de la Santa
Sede que no promulgaran las cuatro Reglas, sea la de San Benito,
la de San Agustín, la de San Basilio y después la de San
Francisco. Habría que esperar hasta 1566-1571 cuando el Papa
San Pío V promulga las Constituciones respecto a las
comunidades que “imitan” la vida religiosa sin votos
solemnes[17].
Ya
Santo Tomás mismo funda y explica el contenido de los tres
votos tradicionales hablando del único voto: votum
professionis[18]; el voto de obediencia contiene todos los otros. Todo
esto explica la práctica de muchos obispos de aprobar
congregaciones de votos simples sin carácter de solemnidad. Tal
es el caso de la Hijas de Santa Angela de Merici por san Carlos
Borromeo en 1576. He aquí el real antecedente de las SVA[19].
Como ya lo sabemos, hasta que fue constituida la
comunidad de San Juan de los Florentinos en Roma en 1565 por san
Felipe Neri fueron dadas a los Oratorianos las primeras Reglas
de vida común y no fueron sino descripciones muy simples
respecto al servicio de la Iglesia y del refectorio[20].
Ahí se recomendaba también no hacer (“barba”) homenajes a
los cardenales y prelados. ¿Cuáles eran las razones?
Es muy difícil saberlo como también es muy difícil
reparar las razones profundas del asunto: la intenciones
profundas de una persona quien quiera que sea, y más aún de
alguien que vivió hace más de 4 siglos, mucho más difícil.
Podemos ofrecer tan sólo algunas aproximaciones.
a)
Felipe Neri como muchos otros lo han hecho, tenía un
gran devoción por los votos y sumo respeto en tanto que medios
de perfección al servicio de otra cosa: el apostolado. En
efecto, una de las diferencias fundamentales entre los
Institutos de Vida Consagrada y las SVA es que los votos se encuentran en diferente lugar. Oh, desde que en la vida de
los miembros de una comunidad los votos llegan a ser un medio al
servicio de otra cosa – el apostolado en nuestro caso –
estamos en presencia de una SVA. Los fundadores de las SVA no
pensaron impedir los votos o hacerse la vida cristiana más fácil,
sino que han pensado ante todo en el apostolado y la renuncia la
han pensado en función de cumplir éste.[21]
b)
Los fundadores de las SVA han también visto la
conveniencia de tener un justo equilibrio entre la libertad y
los votos. Ellos dan una primordial importancia al amor sobre la
obligación canónica, a la virtud sobre los votos. Los votos
no, las virtudes si.
c)
De todos modos hacen falta Reglas en una sociedad, de
donde la importancia sino de los votos si de la obligatoriedad
del cumplimiento de las constituciones[22].
Con una sana comprensión de esto se impedirán polémicas
estériles sobre el clero secular, religioso y SVA. Más aún
estas polémicas no han impedido la profundización teológica y
eclesiológica suscitada por el Concilio. Por ello fuera de toda
trivialización y discusión estéril muchos obispos han
encontrado generalmente importante y saludable la fundación de
SVA: pues tienen una sensibilidad especial a las realidades de
la Iglesia local, muy necesaria para el apostolado.
d)
Los fundadores de las SVA han hecho una relativización
del estado de vida de los religiosos. Durante el siglo XVI-XVII
los conventos masculinos y femeninos estaban desacreditados. La
mediocridad moral e intelectual habían terminado por hacer
presencia en todos lados. En estas condiciones, era muy difícil
considerar los votos como la mejor opción. Todas estas
contingencias pudieron influir sobre la actitud de los
fundadores de donde propusieron alternativas. Como
maravillosamente lo expresa el profesor BONFILS :
“Enseguida,
y esto es muy importante ellos –los fundadores- tenían una
muy alta idea de los sacramentos del bautismo y la del Orden, así
como de la santidad que ellos exigían. De ahí que con
frecuencia la constatación y la inconsciente preocupación de
no hacer votos, sea un elemento constitutivo de una clase
privilegiada y por ello de minimizar su importancia (...) en
relación a la simple vida bautismal (...) Los textos de Bérulle,
Olier y San Juan de Eudes son particularmente elocuentes en este
punto. Sobre la misma base sacramental, san Felipe Neri y sus
primeros compañeros manifestaron una preocupación por el
equilibrio espiritual.[23]”

[1]
A partir de ahora SVA y todas las citas del Canon son
tomadas de Codex Iuris
Canonici Ioannis Pauli P.P. II Promulgatus Latein-Deutsche. Editrice
Vaticana, Verlag Butzon&Becker Kevelaer, 1983
[2]
Las siguientes reflexiones son tomadas en lo substancial
de BONFILS Jean
Les societés
de vie apostolique. Identité et législation. Ed.
Du Cerf. Paris,
1990.
Para
esto hay que darse de entrada que hablando de SVA no hacemos
referencia tan sólo a la Congregación del Oratorio de San
Felipe Neri. Algunas de las 135 que aparecen contabilizadas
en la Santa Sede hasta 1990: “El Oratorio de Jesús y de
María Imaculada” (1611), “Congregación de la Misión”
o Lazaristas (1625), “Congregación de los Padres de San
Sulspicio” (1642), “Sociedad para las Misiones
extranjeras en París” (1660). “Instituto Español de
san Francisco Javier para las Misiones extranjeras”
(1899), “Instituto de santa María de Guadalupe para las
Misiones extranjeras” (México, 1949), “Hermanas de la
Caridad social” o sociedad de Hijas de san Francisco de
Sales”, “Hijas de la Caridad de san Vicente de Paul”,
“Congregación expiatoria de Cristo Rey” (1929),
“Sociedad Misionera de los santos Apóstoles” (1962),
“Piadosas sociedades de hermanos de la Caridad de la Santa
Cruz” (1784), “Pequeños hermanos del Buen Pastor”
(1951), “Amantes de la Cruz de Cai-Nhum” (1843).
Para ampliar este panorama puede verse el apéndice
No. 1 del libro antes citado de BONFILS Jean.
[3]
Cfr. BONFILS Jean Les
societés de vie apostolique...
pp.
9-11
[4]
En verdad era sumamente necesario este trabajo de estudio
pues el mismo término utilizado no deja de tener sus
problemas. Baste como ejemplo la elección de la terminología
alemana al intentar traducir el término latino Societas.
Gesellshaften de la palabra Gessellen
= juntarse y schaft,
cualidad de aquellos que. De donde “es la cualidad de
aquellos que se juntan”. La traducción alemana ha
preferido esta expresión a utilizar Gemeinschaft
porque éste dice ante todo un grupo de personas que se
juntan sin ley alguna. Por lo cual se ha evitado también Gesellichkeit
et Societät. Esto explica claramente que nuestras
lenguas no expresan muy bien la concepción latina. Ellos,
además, explica la diversidad de términos: Compañía
de... Sociedad de Don Bosco, Sociedad del Verbo Divino, y
otras.
[5]
Cfr. STANTON W.A. De
societatibus sive virorum sive mulierum in communi viventum
sine votis. Halifax, 1936.
175 pp.
[6]
BOFILS Jean Les societés
de vie Apostolique ... p.18. Puede
verse también la Introducción del Texto de las
Constituciones de la Confederación del Oratorio, Ed.
Guanajuato, Mex. 1996
[7]
Estas Escuelas son hasta ahora Los
Eudistas, los Sulspicianos, los Lazaristas, las Sociedades
de Misiones extranjeras en París y, claro, el Oratorio de
Jesús y María Imaculada de Francia fundado por Mons. Pierre
de Bérulle.
[9]
Al respecto se puede ver la misma confesión del P. BONFILS
sobre este asunto en su libro Les
societés de vie... p. 25.
De donde extraemos tan sólo un tuco: “cuanto a
mi, yo comparto absolutamente la opinión de la
necesidad que existe aún de una reflexión eclesiológica
subre el status de
las SVA a partir de una teología fundamental”. Hay aquí
un gran trabajo aún por hacer.
[12]
Con ello estamos fuera de una idea romántica de comunidad
que puede orillarnos a un egoísmo comunitario pero al fin y
al cabo egoísmo.
[13]
De donde también una de las razones por las cuales Newman
ha decidido no sólo ser católico sino además oratoriano:
una gran biblioteca y el poder conjugar la tarea pastoral y
la vida intelectual. Puede verse para ello el magnífico
estudio de BEAUMONT Keith
Newman y el
Oratorio en
Etudes Newmaniennes, Novembre, 2002 pp. 7-66
[15]
No puede alegarse que entre nosotros existe más bien una
autocomprensión negativa
y no positiva.
[16]
Cfr. Ibid. pp. 38-39
[17]
Cfr. LEMOINE R. Le
Droit de religiuex, du Concile de Trente aux Institus séculier.
Desclée de Brouwer, 1956, pp. 2-41
[18]
AQUINO S.T. S.Th. II-II q.186 a.9
[19]
BONFILS Jean Les
Societés de vie apostolique ... p. 53
[20]
Puede verse la Introducción a las Constituciones
de la Confederación del oratorio de san Felipe Neri. Ed.
Guanajuato, Mex. 1996.
[21]
Muchos teólogos han remarcado esto : TILLARD J.M.R. Devant de Dieu et pour le monde. Cerf, Paris, 1977
pp. 350-396
[22]
Han existido siempre en la Iglesia Institutos que dan
testimonio de santidad que un cristiano puede
aportar en virtud de su mero bautismo y confirmación;
signos vivientes que ilustran la enseñanza del concilio
Vaticano cfr. Cfr. Lumen
Gentium (la llamada universal a la salvación).
[23]
BONFILS Jean Les
societés ... p.
55